En el marco de actividades educativas y programas de difusión y formación orientado al desarrollo de capacidades sobre la normativa de contrataciones del Estado, realizados por el OSCE y por sus aliados estratégicos, el capacitador deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Responder en el plazo establecido las convocatorias y las comunicaciones efectuadas referidas a la participación de programas de difusión y formación, así como en la ejecución de actividades educativas tales como elaboración y/o actualización de materiales educativos presenciales y/o virtuales así como casos prácticos; participación en video tutoriales, videoconferencias, cursos virtuales, tutorías, reuniones de trabajo, cursos de actualización, entre otras
Pérdida de la Condición de capacitador
El Capacitador del OSCE pederá su condición de capaci-
tador por las siguientes causas: ( Clic aquí)
Derechos de los capacitadores El Capacitador del OSCE tiene los siguientes derechos: ( Clic aquí ) |
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b) Participar en las diferentes actividades educativas y programas de formación presenciales. En el caso del OSCE, participar por lo menos en dos (02) actividades educativas o dos (02) eventos de capacitación o difusión presenciales durante la vigencia de su condición de capacitador; conforme al procedimiento de convocatoria que establecerá la Subdirección, teniendo en cuenta los siguientes criterios: nivel del programa de formación y/o difusión, público objetivo, ejes temáticos asignados, sedes, costos de participación, cumplimiento de obligaciones, entre otros.
c) No deberá firmar los
diplomas, certificados y/o constancias que se generen por su participación en
las diferentes actividades educativas y programas de formación presenciales
organizados por el OSCE o por sus aliados estratégicos.
d) Desarrollar los
contenidos de acuerdo al nivel de la actividad educativa y/o programa de
formación establecido, teniendo en cuenta la metodología, duración aprobados
por el OSCE, incluyendo ejemplos y casos prácticos de acuerdo al público
objetivo y a la región en la que se desarrolla la actividad educativa y/o
programa de formación.
e) Promover el uso
responsable de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como de
las directivas, pronunciamientos, opiniones, resoluciones, comunicados y
acuerdos de sala plena emitidos por el OSCE.
f) Promover acciones que
orienten el intercambio de experiencias, la discusión y análisis de casos que
contribuyan a profundizar sus conocimientos y habilidades.
g) Proponer
y aplicar un sistema de evaluación coherente con el objetivo del desarrollo de
la actividad educativa y/o programa de formación.
h) Presentarse con la debida
anticipación al inicio de las actividades educativas y/o programas de formación
y difusión; en éstos últimos presentarse con vestimenta formal.
i) No realizar propaganda o
apología a favor de una causa política, religiosa o discriminatoria; ni promocionar
su actividad profesional durante su participación en las actividades educativas
y/o programas de formación y difusión.
j) No asistir y/o participar
en actividades educativas y/o programas de formación y difusión bajo los
efectos del alcohol o alguna sustancia tóxica.
k) Justificar su
inasistencia con quince (15) días de anticipación previas al inicio del programa
de formación presencial y con cinco (5) días de anticipación previas al inicio
de las actividades educativas convocadas por la Subdirección de Desarrollo de Capacidades .
l) Cumplir con los
compromisos y disposiciones administrativas que se generan como consecuencia de
su participación en las diferentes actividades educativas y/o programas de
formación presenciales. Para el caso del
OSCE, el capacitador tendrá un plazo no mayor a cinco (05) días contados a
partir de la culminación de la actividad o el programa para presentar su
rendición de los viáticos, de acuerdo a la Directiva de Rendición de Viáticos
del OSCE, acompañado de un informe de su participación incluyendo de ser el
caso, exámenes, casos prácticos, acta de notas o algún otro instrumento
utilizado.
m) Cumplir con otras
obligaciones señaladas en documentos que la Subdirección de Desarrollo de
Capacidades emita sobre el desarrollo de capacidades de los actores de la
contratación con el Estado.
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